> Wiley vs. Slater <
Esta es la primera vez que he sido convocado para administrar la ley en un caso de una auténtica pelea de perros, una pelea en la que los perros, y no sus amos, fueron los principales actores. He tenido ocasión de presidir las contiendas judiciales de pretensiones relativas a agresiones y ataques originados en disputas en las que los propietarios de los perros han jugado una parte primordial, y se han conducido en una forma que bien podría haber suscitado la envidia de sus subordinados caninos. La rama de la ley, sin embargo, aplicable a los conflictos y confrontaciones directos entre perro y perro es enteramente nueva para mí, y este caso me abre un campo de investigación totalmente novedoso.
Estoy obligado a admitir una total ignorancia del code duello entre perros, o de qué constituye una causa legal de ofensa y justifica el recurso a la ultima ratio regum , el recurso a las armas, o más bien a los dientes, como legítima represalia; qué conducta es una justa causa para la guerra; o qué diferentes grados y formas de insultos y vejaciones, o qué violación de las normas de etiqueta autorizan al animal injuriado u ofendido a perseguir una rápida y adecuada satisfacción, no lo sé, y me alegra saber que ninguna cuestión relevante acerca de la conducta durante el conflicto por parte de los actores principales del mismo ha surgido en el presente caso.
No ha sido reclamado, por ninguna de las partes, que la lucha no fuera en todos sus aspectos perruna y justa. De hecho, no tenía noticia previa de que se afirmase que ninguna ley, humana o divina, moral o ceremonial, común o especial, llegase a regular y controlar semejantes materias, sino que suponía que este era uno de los pocos privilegios que este tipo de animales aún retenía en su domesticada condición: el de resolver y vengar, a su propia manera, cualesquiera insultos y conflictos individuales, sin importar lo que Blackstone o cualquier otro jurista pudiera escribir, hablar...
Desde que el hombre empezó a convivir con ellos, muchas veces ha tratado a los animales como reflejo de su propia personalidad, como si fueran también, en muchos aspectos, personas. Los ha cuidado y los ha maltratado. Los ha amado y odiado, temido y admirado. Los ha tenido como amigos, como fieles sirvientes o como tristes esclavos.
Y los ha juzgado. Unas veces por razones religiosas, como cuando el Concilio de Worms de 864 decretó la excomunión y la condena a muerte por ahogamiento de las abejas de una colmena, culpables de un asesinato inspirado por el Maligno. Otras por motivos de índole política, como aquel perro que, dicen, fue ejecutado en Francia en 1793: al parecer, su amo le había enseñado a ladrar a los soldados del nuevo régimen, y el pobre animal fue ajusticiado como agente contrarrevolucionario. Y en otras ocasiones, en fin, los juicios obedecieron a estrictas razones de justicia penal, como los múltiples procedimientos seguidos en la Edad Media contra caballos, cabras, vacas y, sobre todo, cerdos, y que, aunque a veces la oratoria del abogado defensor (nombrado de oficio) conseguía la libre absolución del imputado, solían acabar con el público ahorcamiento del infeliz animal.
Ha habido ordenanzas municipales (norteamericanas, claro) prohibiendo a los pájaros cantar en domingo. Sentencias absolutorias por las cuales se establecía que los caballos de Los Ángeles tenían derecho a morder a los forasteros. Y también, por supuesto, hay aun hoy día Decretos chapuceros que dictaminan inexorablemente qué razas caninas son peligrosas.
Pero lo que no suele haber es la fina ironía, el notable cachondeo con los que, tras una fachada pomposamente forense, el juez William F. Allen, de la División de Apelaciones de la Corte Suprema de Nueva York, se dispuso a dictar justicia en el caso de una pelea de perros que fue sometido a su conocimiento, allá por 1856. El principio de la sentencia lo tienen ahí arriba. El final no, porque no lo he encontrado. Una lástima, ¿verdad?
(Espero que no se lo haya comido Atchoum).
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2002-06-05, 20:49 | 1 comentarios |