Hoy empieza oficialmente el “año judicial”, así que esta mañana el Ministro del ramo iba de radio en radio pavoneándose de los éxitos de las últimas reformas legislativas en la materia. Supongo que para la inmensa mayoría de los ciudadanos, esto no tendrá más importancia que la alarma social que pueda haber provocado ver cómo el receptor de radio se iba hinchando mientras el Ministro sacaba pecho hablando de la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil, los “juicios rápidos” o la reforma del régimen de sustituciones. Vamos, que para este hombre vivimos en una auténtica Jauja judicial. Pero a un servidor, que a esas horas se disponía a acudir al Juzgado por séptimo día consecutivo (sí, incluidos el sábado y el domingo), la cosa le sonaba más bien a pitorreo.
Lo de la Ley de Enjuiciamiento Civil sería para hablarlo largo y tendido, mucho más de lo que conviene en una bitácora (y eso que esta entrada me temo que va a ser también más bien larga). Y lo de las sustiticiones lleva en la práctica muy poco tiempo, de modo que aún es pronto para saber si da o no buenos resultados (aunque, desde luego, no está dando los que comentaba el Ministro esta mañana).
Pero, en cambio, creo que merece la pena hablar de los “juicios rápidos”, un invento que lleva ya unos cuantos meses de funcionamiento y que, para el ministro, ha sido poco más o menos como el ungüento verde, un bálsamo mágico que ha remediado buena parte de los males de nuestra justicia. Y no es tanto, no es tanto.
Resumiendo todo lo posible, lo de los “juicios rápidos” consiste en que en determinados casos el procedimiento judicial se ha acelerado a base de acortar al máximo el tiempo que se tarda en ir realizando trámites. Por supuesto, no siempre se puede proceder así: hay delitos que requieren una larguísima investigación, o que necesitan que esperemos a que la víctima cure de sus heridas para saber si le quedarán secuelas, cuánto tiempo ha tardado en curar, etc., etc. Pero en la gran mayoría de los delitos, la investigación es cosa de un momento: si un individuo, aprovechando un descuido de la cajera de una gasolinera, se apodera del dinero, echa a correr y es detenido por unos clientes, resulta absurdo tener que esperar a que el Juzgado vaya haciendo trámites y citaciones cuando los hechos están claros, el delincuente detenido, y los perjudicados y testigos perfectamente localizados. De modo que la primera simplificación es, sencillamente, que las citaciones las haga directamente la Policía o la Guardia Civil, en el acto y previa consulta telefónica al Juzgado de Guardia.
Otro trámite engorroso es el de las calificaciones. El Ministerio Fiscal y las partes personadas, una vez terminadas las investigaciones, tienen que calificar los hechos, la pena con la que deben ser castigados, la responsabilidad civil, etc. En cuanto a las partes personadas, no suele haber problemas: los abogados disponen de solo cinco días para calificar, y ay de aquel que se pase con los plazos. Pero la Fiscalía funciona como una especie de agujero negro peculiar, en el que lo que entra acaba saliendo, pero al cabo de semanas, meses o incluso años. De modo que en los juicios rápidos se recurre a un sistema la mar de expeditivo: los Fiscales deben calificar los hechos en el acto, y si hay acusaciones particulares, en un máximo de dos días. En cuanto a las defensas, pueden pedir un plazo de hasta cinco días para presentar su escrito, aunque lo corriente es que se haga también en el acto.
Con lo cual, lógicamente, la vista del juicio (que es el siguiente paso) puede realizarse casi siempre también en el acto. En el caso de la gasolinera que comentábamos antes, los hechos (que son reales) ocurrieron hacia las dos de la madrugada; doce horas después el asunto había sido juzgado y sentenciado.
Hasta aquí, fenómeno, ¿verdad? Pero en la práctica las cosas no son tan de color de rosa.
Empecemos por el principio. La Policía y la Guardia Civil, cuya carencia de medios es ya proverbial, tienen que cargar ahora con la tarea de citar a unos y a otros y, lo que es peor, calificar los hechos como delito o falta, algo que a veces es sencillo pero que en otras ocasiones requiere unos conocimientos jurídicos que muchos funcionarios no tienen (por ejemplo, los que han redactado las guías de orientación que manejan en algunos centros policiales). Por si esto fuera poco, la inmediatez de los juicios hace que muchos agentes se encuentren con que sus turnos de trabajo se alargan sencillamente porque tienen que acudir al Juzgado a declarar en los juicios rápidos; conozco casos de policías y guardias civiles que, tras dos turnos seguidos de ocho horas, se han encontrado con que no podían dormir porque tenían que ir a prestar declaración, y esta se ha retrasado tanto que han tenido que marcharse de nuevo directamente a trabajar, sin poder descansar. Otros problemas se deben a la falta de personal: para que el sistema funcione, es necesario que los atestados policiales y los detenidos lleguen cuanto antes a los Juzgados, pero lo normal es que no haya agentes suficientes para ocuparse de ir llevando atestados y detenidos uno por uno, conforme les vaya tocando el turno, así que los tienen que llevar todos a la vez. El resultado es que, muchas veces, el detenido que había que juzgar a las diez de la mañana llega pasadas las doce y media. Y aclaro que no estoy hablando en hipótesis: he tenido más de un caso así.
Claro que, una vez en el Juzgado, la cosa es aún peor, porque el sistema en el fondo lo que hace es desvestir a un santo para vestir a otro, como suele decirse: si los Juzgados tienen exactamente el mismo personal y los mismos medios que antes, el resultado es que los juicios rápidos son muy rápidos, pero a costa de poder dedicar menos tiempo a los demás procedimientos, que lógicamente se vuelven aún más lentos. Sobre todo si tenemos en cuenta que uno de los grandes “inventos” de esta reforma es que todo el juicio, incluida la vista y la sentencia, corre normalmente a cargo de los Juzgados de Instrucción, que así se cargan con unos trámites que en los demás casos corresponden a los Juzgados de lo Penal. El Ministro ha sido muy explícito a la hora de presumir de que con los juicios rápidos son, en efecto, muy rápidos, y ha citado tropecientos mil casos que antes se enjuiciaban en unos cuatro meses y que ahora quedan resueltos en un máximo de quince días. Pero me gustaría que también hubiese mencionado, con las estadísticas en la mano, cuánto tiempo extra se ha añadido a la tramitación de los restantes procedimientos penales. O, ya puestos, a los civiles, ya que la mayoría de los Juzgados son mixtos y se ocupan tanto de la instrucción penal como de la primera instancia civil: evidentemente, la faena adicional que suponen los juicios rápidos para jueces y secretarios repercute en el tiempo que pueden dedicar a los asuntos civiles.
En fin; podríamos seguir hablando largo y tendido del tema. Podríamos mencionar la falta de garantías procesales que supone tener que preparar una defensa (mejor dicho, varias defensas, porque es rara la guardia que no acaba en dos o tres juicios rápidos señalados uno tras otro -o, como me sucedió ayer, a la misma hora en tres Juzgados de dos Partidos Judiciales distintos-) en pocas horas. O de la distorsión que supone el nuevo régimen de la conformidad. O de las injustas desigualdades que provoca el nuevo sistema de Letrados de Guardia. O de la “ayudita” adicional que en la Comunidad Valenciana ha supuesto el “Cicerone”, un sistema informático centralizado que este verano se las ha apañado para averiarse cada dos semanas, dejando parados a todos los Juzgados. Bueno, no solo podríamos hablar, sino que hablaremos de alguno de esos temas, que me parece lo suficientemente grave como para no dejarlo en el teclado.
Pero ahora, para no alargarnos más, iremos derechitos a la conclusión final. Y es que el Ministro, esta mañana, lo que decía era sencillamente una media verdad. Los juicios rápidos van funcionando, y han agilizado muchos procedimientos. Pero lo han conseguido a costa de ralentizar los demás, y de sobrecargar aún más de trabajo a las Fuerzas de Seguridad y a los Juzgados. Tanto, que no sé de dónde habrá sacado sus deslumbrantes datos, porque los pobres funcionarios apenas tienen tiempo de confeccionar las estadísticas.
O eso cabe suponer: el otro día, en medio de una guardia, sonó el teléfono del Juzgado. Y el funcionario ojeroso y cansado que cogió el aparato, tras el habitual “Juzgado número tal, dígame” y una pausa para escuchar al interlocutor, dijo a voz en grito “¿que te dé ahora la estadística? ¡¡vete a la mierda!!” Y colgó.
Y estoy seguro de que muchos otros funcionarios, policías y abogados, al escuchar al ministro esta mañana, también se han quedado con las ganas de colgar. Y no precisamente al teléfono ;-)
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